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Apuestas en línea:
apostar es apostar, no es jugar

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Alcance regulatorio

Es necesaria una normativa
nacional con estándares
mínimos. Pero la regulación es provincial, allí se regulan las apuestas.

Hombre joven en terapia

Abordaje de salud

Garantizar la salud con espacios de abordaje integral a situaciones de consumo problemático y prevención, principalmente en escuelas.

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Campañas
períodicas

Educación y acompañamiento con campañas periódicas y acciones de concietización son necesarias en los entornos digitales.

El circuito de las apuestas en línea

1. El ingreso a los sitios de apuestas ilegales por parte de adolescentes se da a través de la web, redes sociales y links suministrados por influencers.

INGRESO

2. Acá surgen las figuras de los cajeros o adultos responsables de colocar las apuestas en nombre de los adolescentes.

INTERMEDIACIÓN

3. Estos se hacen a través de billeteras virtuales que pueden estar o no vinculadas a los adolescentes.

PAGOS Y COBROS

3 puntos para entender la regulación de las apuestas en línea:

El consumo problemático de sitios de apuesta en línea se ha convertido en una preocupación creciente a nivel global, con efectos adversos en la salud mental, el rendimiento académico y laboral, así como en las relaciones personales y sociales de los individuos afectados. En nuestro país no es la excepción.
 

¿Qué debe contemplar la legislación provincial?

  • Bloqueo de cualquier dominio ajeno a bet.ar para evitar sitios de apuestas ilegales.

  • Mecanismos de verificación de la edad que hagan efectiva la prohibición de acceso para menores de 18 años.

  • Con enfoque de protección a niños, niñas y adolescentes: incluyendo la prohibición de auspicio, influencers, regulación horaria y leyendas correspondientes siempre.

  • Concientización y de alfabetización digital para adultos, en escuelas y espacios de interacción social.

  • Para efectores del sistema de protección, especialmente en niñez y educación.

  • Espacios de salud para el abordaje del juego problemático.

Hacia una Ley con estándares mínimos de protección

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