Ley Orgánica de Protección de Datos Personales de Ecuador (LOPDP)
Es la norma de protección de datos personales. Entró en vigencia con un período de adaptación de 2 años. Reconoce la protección de datos como un derecho fundamental y establece un marco robusto inspirado en estándares internacionales como el GDPR de la UE.
Vigente desde 2021. Es una de las legislaciones más avanzadas de la región en protección de datos de la infancia.
Acceso, rectificación, actualización, eliminación, oposición, portabilidad, limitación y a no ser objeto de decisiones automatizadas.
Dedica un capítulo entero.
Consentimiento según edad.
Ejercicio de derechos ARCO: gradación según edad y madurez, respetando la capacidad progresiva.
Protección contra decisiones automatizadas: los menores no pueden ser objeto de perfilamientos o decisiones.
basadas solo en algoritmos sin intervención humana y garantías adicionales.Transparencia y lenguaje claro.
Educación digital.
Autoridad de Protección de Datos Personales y un Registro Nacional de Protección
de Datos, con régimen de sanciones.Introduce un modelo innovador en la región al reconocer la capacidad progresiva de los adolescentes en materia de consentimiento digital. Esta disposición refuerza la autonomía adolescente y se alinea con estándares internacionales que reconocen a los niños y niñas como sujetos plenos de derechos
Coloca a Ecuador en línea con debates globales sobre ética digital e IA, y abre un camino hacia legislaciones más integrales en América Latina.